El Senado de la República aprobó en lo general, con 67 votos a favor y 38 en contra, el dictamen de la minuta de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), para ampliar las fuentes de recursos que suministran el Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios, con lo que se robustecerá y se podrá capitalizar más rápido.
Las comisiones dictaminadoras añadieron una modificación a la minuta enviada por la Cámara de Diputados para dar la seguridad jurídica a los trabajadores del Estado de que sus ahorros se mantendrán seguros, por lo que éstos no se considerarán como activos financieros para el Fondo.
En la votación en lo particular de los artículos reservados de esa reforma, se emitieron 62 sufragios a favor y 41 en contra. El documento se devolvió, con dicho cambio, a la Cámara de Diputados.
Asimismo, con 108 votos a favor y uno en contra, también se avaló en lo general y en lo particular una modificación al mismo ordenamiento para que en los Anexos Transversales del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), se destinen recursos de programas y dependencias u órganos de gobierno para obras, acciones y servicios en materia de anticorrupción; la reforma fue turnada al Ejecutivo federal para su publicación.
El Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios (FEIP) es un instrumento que permite compensar las posibles diminuciones en la captación de ingresos establecidos en la Ley de Ingresos de la Federación, lo que ayuda a aminorar el efecto sobre las finanzas públicas y la economía nacional.
Con la enmienda a los artículos 21 Bis y 23 de la LFPRH, se permite a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) realizar aportaciones adicionales de activos financieros o títulos de crédito del Gobierno Federal para capitalizar el FEIP, y que en caso de que en el ejercicio fiscal en curso se presente un ahorro o economías presupuestarias en el costo financiero de la deuda, éstos también puedan destinárseles.
Por su parte, los Anexos Transversales son esenciales en el Paquete Económico porque establecen los montos, normas y procedimientos para que los integrantes del sector público puedan ejercer el gasto en determinados rubros.
Con las modificaciones a los artículos 2, 23, 41 y 107 de la LFPRH, se adhiere a esos Anexos lo conducente en materia de anticorrupción, además de que se establece que el PEF debe incluir las previsiones de gasto que correspondan a la prevención, detección, investigación y sanción de hechos de corrupción, y de acciones de fiscalización y control de recursos públicos.
En la discusión en lo general, la senadora Claudia Edith Anaya Mota (PRI) se pronunció en contra de las reformas a los artículos 21 Bis y 23 de la LFPRH, pues en su redacción, consideró, se deja abierta la posibilidad de que los activos financieros puedan enviarse al Fondo de Estabilidad en cualquier momento, sin respetar los tiempos que se mandaten en el PEF.
El senador Víctor Oswaldo Fuentes Solís, del PAN, presentó una reserva a la reforma de los artículos 21 Bis y 23 de la LFPRH, que fue rechazada por el Pleno.